Resultando ahora indiscutiblemente vigente el régimen establecido por la ley 24.016, atento lo expresado por el más Alto Tribunal de la Nación, la demanda debe prosperar, correspondiendo en consecuencia disponer el reajuste del haber previsional de la actora en los términos de la ley 24.016, de acuerdo a la remuneración del cargo que desempeñara la misma hasta su jubilación.
“SCHECHTMAN, Celia c/ANSeS s/ reajustes varios", expediente n° 43.992/2002, 21/09/2006 – Juzgado Nacional de Primera Instancia de la Seguridad Social No. 7
Fallos de primera y segunda instancia completos
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